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MODIFICACIONES DE LA LEY DE FOMENTO DEL TRABAJO PARA FISIOTERAPEUTAS AUTONOMOS.

La ley de Fomento del trabajo Autónomo, que entro en vigor este 10 de Octubre, modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo. Las variaciones  son las siguientes:

 

1.Compaginar paro y alta de autónomo para mayores de 30 años.

Cobrar el paro había sido hasta ahora incompatible con hacerse autónomo, si se pasaba el umbral de los 30 años. Al darse de alta, el profesional perdía la prestación de desempleo, a menos que optase por la capitalización.

Ahora la normativa contempla, entre otras cosas, que los autónomos de cualquier edad puedan compaginar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

 

2.Posibilidad de capitalizar el paro al 100%.

La nueva normativa posibilita a los autónomos que superen los 30 años capitalizar en un pago único la prestación completa, es decir, el 100%, y no el 60% como sucedía hasta ahora.

 

3.La tarifa plana se extiende.

Otra mejora a destacar es la ampliación de la tarifa plana, para la que además se fija una cuantía exacta de 50 euros (para contingencias comunes) durante los primeros seis meses. Los autónomos que contraten a otros trabajadores no perderán este derecho.

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4.Segunda oportunidad al empresario.

Si un trabajador que esta´cobrando el paro se da de alta como autónomo, puede solicitar que se le guarde el paro que tenga pendiente y recuperarlo hasta cinco años después, en el caso de que se vea obligado a darse de baja porque el negocio no sale adelante. La nueva ley amplia el plazo, que hasta el momento era de dos años. Eso sí, a partir del tercer año, habrá que acreditar causas económicas u organizativas.

 

5.Incentivos para afiliar a autónomos colaboradores

Los familiares de autónomos que se incorporen a este régimen y colaboren con ellos mediante realización de trabajos, se podrán beneficiar de bonificaciones del 50% de la cuota durante 18 meses y del 25% durante seis meses adicionales. Este requisito está condicionado a que los familiares no hayan trabajado con el profesional en los cinco años anteriores.

 

 

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