El Ministerio de Sanidad ha emitido recientemente un escrito dirigido al Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España y con anterioridad al Consejo General de Colegios Profesionales de Educación Física y del Deporte en el que aclara que el Ejercicio Físico Terapéutico (el que va dirigido a personas lesionadas o con patologías) es “sin lugar a dudas” una actividad sanitaria. Según el escrito, los profesionales de la Educación Física y el Deporte tienen “el deber de derivar al deportista lesionado al profesional sanitario que corresponda” (fisioterapeutas, médicos, etc).
En este sentido, y en base a lo contemplado en el Real Decreto 1277/2003, desde el Ministerio se subraya que actividad sanitaria es “el conjunto de acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, dirigidas a fomentar, restaurar o mejorar la salud de las personas realizadas porprofesionales sanitarios”.
El ICPFA alerta del riesgo que supone para los pacientes que profesionales NO sanitarios prescriban y ejecuten planes de entrenamiento en personas con patologías o lesiones y que cualquier intromisión en este terreno, podría constituir un delito de intrusismo profesional contemplado en el artículo 403 del Código Penal.
Fuente: Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Andalucía.