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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado el pasado viernes 23 un acuerdo del 20 de diciembre del Consejo de Gobierno por el que se modifica el plazo máximo de publicación de las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes a las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Castilla-La Mancha para el año 2016, de tal modo que se publicarán en el DOCM antes del 30 de junio de 2017
El acuerdo que publica el DOCM recuerda que mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2016 se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2016 y se dispuso que las convocatorias de los procesos selectivos derivados de la misma se publicarían en el DOCM antes del 31 de diciembre de 2016.
Pero, con posterioridad a la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2016, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas anunció la intención de interponer recurso contencioso-administrativo contra la mencionada oferta de empleo público, requiriendo previamente a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para reducir el número de plazas incluidas en dicha oferta.
La posibilidad de que el citado recurso contencioso-administrativo fuera interpuesto ha impedido cumplir con el plazo máximo de publicación de las convocatorias inicialmente previsto.
Pero como finalmente no se ha interpuesto el citado recurso, permite establecer ahora un nuevo plazo máximo para la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos, que se publicarán en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha antes del 30 de junio de 2017.
El presente acuerdo agota la vía administrativa y frente al mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes.
En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o pueda entenderse desestimado por el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución del mismo.
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